Certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral

Quien puede solicitar la información


 - Titulares catastrales.
 - Representantes de titulares catastrales.
 - Personas autorizadas por titulares catastrales.


Documentación que se puede solicitar


 - Certificación de no figurar inscrito como titular catastral de ningún inmueble.


Documentación a aportar


Inicialmente:


 - Instancia de solicitud de información al Punto de Información Catastral, debidamente cumplimentada y firmada electrónicamente.
 - Acreditación del solicitante: 

  Si el solicitante es el titular:

  - DNI del solicitante (copia escaneada).

  Si el solicitante es representante:

  - DNI del representante (copia escaneada).
  - DNI del titular (copia escaneada).
  - Documento de representación (copia con firma electrónica o copia compulsada). 

  Si el solicitante es autorizado:

  - DNI del representante (copia escaneada).
  - DNI del titular (copia escaneada).
  - Formulario normalizado de representación firmado electrónicamente.


En segunda instancia: 


 - Impreso de solicitud normalizado, generado por el PIC y enviado al solicitante, firmado electrónicamente.


Tasas


La emisión de certificaciones negativas no lleva aparejado el cobro de tasas.

Facilitación de datos a la D.G. de Catastro

El COITF facilitará a la Dirección General del Catastro la siguiente información en relación a las solicitudes de información que los colegiados eleven al PIC:

 - Fecha de la solicitud.
 - NIF del solicitante.
 - Nombre del solicitante.
 - Servicio solicitado.


Así mismo, tiene la obligación de poner a disposición de la D.G. de Catastro toda la documentación relacionada con el servicio durante un periodo mínimo de 10 años.

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